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martes, 4 de diciembre de 2012

Murcia construye su primera planta para el tratamiento de RAEEs y vehículos fuera de uso

Un nuevo proyecto se suma al Clúster de Medio Ambiente y Energías Renovables. En esta ocasión llega de la mano de Cespa Murcia y Desguace París, cuyos responsables, Antonio Igualada y Miguel López Abad, han rubricado el acuerdo ayer en un acto que ha contado con la presencia del Alcalde, Miguel Ángel Cámara, y del Concejal de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos, José Ros.

Con una inversión prevista de 8 millones de euros, el proyecto consiste en la construcción de una planta de tratamiento para el reciclaje de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) generados en el municipio -con capacidad para 3.400 toneladas al año-, así como de residuos procedentes de la fragmentación de vehículos fuera de uso (VFU) y chatarras férricas y de aluminio -16 toneladas hora-. Además de fomentar la protección del medio ambiente, permitirá efectuar la separación de materiales con alto valor comercial. El tratamiento consiste en el despiece de todos los elementos de los aparatos posibilitando así su reutilización.

El acuerdo ha sido posible porque, por un lado, la construcción y gestión de una planta de RAEE formaba parte de la oferta que presentó Cespa para conseguir la adjudicación del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos del Ayuntamiento. Y, por otra parte, Desguace París tenía en proyecto la creación de una planta de VFU. De esta forma, y siendo ambas propuestas complementarias, se ha alcanzado el acuerdo de la construcción de una planta para el tratamiento de ambos residuos dentro del proyecto de ampliación del centro de Cañada Hermosa.

El inicio de las obras está pendiente de obtener la autorización ambiental por parte de la Comunidad Autónoma, de modo que la planta podría estar en funcionamiento el próximo verano. En ella trabajarán, en principio, alrededor de 51 personas.

Las ventajas que se derivarán de esta iniciativa se concretan en:
  • Incremento de materiales recuperados de los residuos generados en el municipio, al dar cobertura a una nueva gama que actualmente están siendo tratados fuera de Murcia.
  • Posibilita una mayor valorización de los residuos metálicos que actualmente se generan en el Centro de Tratamiento de Cañada Hermosa.
  • Reducción de gastos de implantación y operativos para la gestión de la planta al estar ubicados en un centro de tratamiento consolidado como es el de Cañada Hermosa.
  • Facilita el tratamiento de residuos al no incrementar el coste derivado del transporte de los mismos.
Además, la iniciativa coincide plenamente con los propósitos con los que Cespa Murcia y el Ayuntamiento promueven el clúster: desarrollar una actuación de clara eficiencia ambiental, contribuir a reforzar la actividad económica del municipio, favorecer la innovación tecnológica e impulsar la creación de empleo.

Fuente: Gestores de Residuos

jueves, 15 de noviembre de 2012

El TSJC avala la autorización ambiental de una planta de residuos

(c) EFE Verde
El proyecto, promovido por la empresa Terecan, sigue a día de hoy en tramitación, ya que la autorización ambiental no era el único requisito necesario para poder ejecutarlo.

Según se explica en una sentencia difundida hoy, lo que concedió la Consejería de Medio Ambiente fue una autorización de gestión de residuos para operar en esa zona, una resolución que fue recurrida por la asociación Ecologistas en Acción y la Junta Vecinal de Fombellida.

Aseguraban que la autorización infringía la Ley de residuos y criticaban que se había concedido cuando aún no estaban aprobados los planes sectoriales de residuos.

Además, no consideraban justificado el proyecto, cuestionaban la validez de la evaluación ambiental y la propia viabilidad económica de la planta, y denunciaban que se pretendía instalar sobre suelo rústico, pese a tratarse de una instalación de carácter industrial.

El Gobierno regional, por su parte, replicaba que el proyecto tenía el respaldo del sector y tenía visado del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales y, aunque no había plan sectorial de residuos, a su juicio, eso no impedía conceder la autorización.

En cuanto a la ubicación en suelo rústico, la Consejería alegaba que no era de su competencia pronunciarse sobre ese aspecto y explicaba además que su autorización quedaba en suspenso hasta que el proyecto cumpliera todos los requisitos y condicionantes.

En efecto, la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC señala que la cuestión urbanística no afecta a la tramitación ambiental, y respecto a la viabilidad del proyecto, recalca que el principal perjudicado en tal caso sería la propia empresa.

Sobre las posibles afecciones ambientales, recuerda que el vertedero pretende albergar residuos que no suponen riesgo de contaminación y añade que al elegir la ubicación se ha buscado evitar los riesgos ambientales y asegurar al tiempo una correcta funcionalidad de la planta.

Además, indica que se han previsto medidas preventivas y correctoras de los posibles impactos detectados.Por todo ello, desestima el recurso de los ecologistas y la Junta Vecinal.

El proyecto, promovido por la empresa Terecan, sigue a día de hoy en tramitación, ya que la autorización ambiental no era el único requisito necesario para poder ejecutarlo.

Según se explica en una sentencia difundida hoy, lo que concedió la Consejería de Medio Ambiente fue una autorización de gestión de residuos para operar en esa zona, una resolución que fue recurrida por la asociación Ecologistas en Acción y la Junta Vecinal de Fombellida.

Aseguraban que la autorización infringía la Ley de residuos y criticaban que se había concedido cuando aún no estaban aprobados los planes sectoriales de residuos.

Además, no consideraban justificado el proyecto, cuestionaban la validez de la evaluación ambiental y la propia viabilidad económica de la planta, y denunciaban que se pretendía instalar sobre suelo rústico, pese a tratarse de una instalación de carácter industrial.

El Gobierno regional, por su parte, replicaba que el proyecto tenía el respaldo del sector y tenía visado del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales y, aunque no había plan sectorial de residuos, a su juicio, eso no impedía conceder la autorización.

En cuanto a la ubicación en suelo rústico, la Consejería alegaba que no era de su competencia pronunciarse sobre ese aspecto y explicaba además que su autorización quedaba en suspenso hasta que el proyecto cumpliera todos los requisitos y condicionantes.

En efecto, la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC señala que la cuestión urbanística no afecta a la tramitación ambiental, y respecto a la viabilidad del proyecto, recalca que el principal perjudicado en tal caso sería la propia empresa.

Sobre las posibles afecciones ambientales, recuerda que el vertedero pretende albergar residuos que no suponen riesgo de contaminación y añade que al elegir la ubicación se ha buscado evitar los riesgos ambientales y asegurar al tiempo una correcta funcionalidad de la planta.

Además, indica que se han previsto medidas preventivas y correctoras de los posibles impactos detectados.Por todo ello, desestima el recurso de los ecologistas y la Junta Vecinal.

Fuente: EFE Verde